COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

GECELCA es una empresa que genera y comercializa energía eléctrica, y está comprometida con la atención oportuna y efectiva de los requerimientos de sus clientes.

Compramos y vendemos energía eléctrica, en el mercado mayorista para atender operaciones comerciales y usuarios finales.

La comercialización de energía eléctrica se fundamenta en la normatividad vigente y en los procedimientos establecidos por la empresa para su estricto cumplimiento. Para ello, GECELCA S.A. E.S.P. tiene en cuenta los siguientes lineamientos para la toma de decisiones:

Revisar periódicamente la evolución de las variables hidrológicas del país tales como: reservas y aportes hídricos, y en general las condiciones esperadas de hidrología.

Conocer el plan de mantenimiento anual de las plantas propias y comercializadas por GECELCA y estimar la energía disponible para la venta a los clientes no regulados y agentes del sector.

Inspeccionar el cronograma de construcción y operación de los nuevos proyectos de generación y así Identificar los aumentos en la capacidad instalada del país.

Hacer seguimiento a la evolución del precio de bolsa del mercado de energía mayorista, así como a las proyecciones realizadas por el administrador del mercado.

Monitorear la evolución del mercado en relación con los precios y cantidades de energía contratadas por los agentes generadores y comercializadores a través de los mecanismos transaccionales vigentes para el mercado regulado.

Analizar los informes del administrador del mercado sobre el comportamiento de los precios de contratos y de transacciones en la bolsa de energía.

COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A AGENTES DEL SECTOR

Uno de sus segmentos más importantes de GECELCA S.A. E.S.P. es la comercialización de su energía eléctrica disponible para la venta a otros agentes del sector, dedicados a la actividad de generación y/o comercialización de la energía eléctrica para atender su mercado y/o cubrir riesgos de exposición en la Bolsa de Energía.

La venta de energía puede darse a través de convocatorias públicas o privadas abiertas por los agentes del sector o bien, por contratación directa.

Si desea que GECELCA S.A. E.S.P. participe en alguno de estos procesos, puede comunicarse al correo electrónico
comercial@gecelca.com.co. Los costos asociados a la participación en estos mecanismos de contratación son asumidos completamente por GECELCA S.A. E.S.P.
COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A USUARIOS NO REGULADOS

En GECELCA S.A. E.S.P. atendemos a clientes liberalizados, personas físicas o jurídicas, con una demanda máxima superior a 0,1 MW, o un consumo mínimo mensual de 55 MWh por instalación legalizada, mediante compras de energía eléctrica a precios libremente pactados.

Para establecer si el consumo de las instalaciones cumple con la normativa, se calcula la demanda de potencia o energía como el promedio de las facturaciones mensuales, en condiciones normales de funcionamiento, medidas en el lugar de entrega individual durante los últimos 6 meses anteriores a la fecha en que se produjo la condición.

A estos efectos, no podrán acumularse las demandas o consumos de las distintas instalaciones legalizadas, ya pertenezcan a un único usuario oa varios. La actividad de venta de energía es diferente a la de distribución, la cual es realizada por el operador de la red, quien es el encargado de entregar la energía eléctrica a los usuarios finales, hacer uso de las redes y ser responsable de su mantenimiento.

GECELCA S.A. E.S.P. brinda servicios de venta en los siguientes mercados:

Mercado Minorista
Caribesol

Operador de Red
AIRE S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Caribemar

Operador de Red
AFINIA S.A. E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Pereira – Cartago

Operador de Red
Energía de Pereira – EPP S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Caldas – Risaralda

Operador de Red
CHEC S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Cali – Yumbo y Puerto Tejada

Operador de Red
Empresas Municipales de Cali – EMCALI

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Casanare

Operador de Red
Empresa de Energía de Casanare – ENERCA S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Boyacá

Operador de Red
Empresa de energía de Boyacá – EBSA S.A

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Antioquia

Operador de Red
Empresas Públicas de Medellín – EPM S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Bajo Putumayo

Operador de Red
Empresa de Energía del bajo Putumayo EEBPSA S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Santander

Operador de Red
Electrificadora de Santander – ESSA S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Huila

Operador de Red
Electrohuila – Electrohuila S.A. E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Boyacá

Operador de Red
Electrificadora del Meta – EMSA S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Norte de Santander

Operador de Red
CENS S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Bogotá – Cundinamarca

Operador de Red
ENEL Colombia – ENEL S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

Mercado Minorista
Valle del Cauca

Operador de Red
Celsia Colombia – CELSIA S.A E.S.P

Línea Directa Interrupciones
115

CENTRO DE GESTIÓN DE MEDIDAS

DIVULGACIÓN A USUARIOS

El 20 de marzo de 2014 la Comisión de Regulación de Energía y Gas publicó la Resolución CREG 038 de 2014, a través de la cual modificó el Código de Medida contenido en el Anexo General del Código de Redes. Compartimos los aspectos más relevantes de su contenido:

INFORME DE VERIFICACIÓN INICIAL

En cumplimiento del parágrafo 2 del artículo 23 del Código de Medida (Resolución CREG 038 de 2014) GECELCA hace público el informe consolidado de los resultados de las verificaciones iniciales realizadas las fronteras comerciales bajo su representación:

PROCEDIMIENTO DE MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE MEDICIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

En cumplimiento del artículo 28 del Código de Medida (Resolución CREG 038 de 2014), GECELCA hace público el procedimiento de mantenimiento de los sistemas de medición de energía eléctrica de las fronteras comerciales bajo su representación:

INFORMES ANUALES DE OPERACIÓN DEL CENTRO DE GESTIÓN DE MEDIDAS DE GECELCA

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 del Código de Medida (Resolución CREG 038 de 2014) se publican los Informes Anuales de Operación del Centro de Gestión de Medidas de GECELCA, Generador y Comercializador.

DESVIACIONES SIGNIFICATIVAS

Desde GECELCA informamos que el parágrafo 5 del Artículo 1 de la Resolución CREG 105 007 de 2024, por la cual se modifican transitoriamente los artículos 37 y 38 de la Resolución CREG 108 de 1997, indica lo siguiente respecto de las investigaciones por desviaciones significativas:
Parágrafo 5º. Las empresas prestadoras de servicios públicos deberán establecer una base de datos donde se tengan identificados y caracterizados los usuarios con consumos estacionales, los cuales corresponderán a aquellos que presentan patrones de consumo diferentes en determinados periodos de un mismo año. En estos casos la empresa no tendrá la obligación de hacer la investigación por desviaciones significativas conforme al mecanismo indicado con anterioridad a menos que el usuario lo solicite o que la empresa lo encuentre necesario.
El usuario podrá informar a la empresa de servicios públicos la caracterización de usuario con consumo estacional para que sea incluido dentro de la base de datos o novedades en su consumo. Para tal fin la empresa dispondrá en su página web de un formato donde el usuario pueda registrar esta novedad”

Por lo anterior, se dispone del siguiente formulario para la declaración de estacionalidad por parte del usuario.

Asi mismo, en el siguiente enlace se podrá consultar la resolución:

Conoce más sobre el procedimiento de análisis de desviaciones significativas de consumo aquí.

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